sábado, 13 de mayo de 2017

Argentina aprueba el uso medicinal de la marihuana

La norma garantiza a ciertos pacientes el acceso al aceite de cannabis, pero no el autocultivo.

Todos los senadores alzan sus manos para votar la ley que regula el aceite de cannabis.
Por Ramiro Barreiro

El Senado de Argentina aprobó hoy y convirtió en ley el proyecto que avala el uso medicinal de la marihuana, que ya obtuvo el visto bueno de la Cámara de Diputados en noviembre de 2016. La norma, que garantiza a ciertos pacientes el acceso al aceite de cannabis, habilitando su importación hasta que el Estado se encuentre en condiciones de producirlo, fue aceptada por la unanimidad de los legisladores con 58 votos afirmativos.



La necesidad de regular la sustancia fue impulsada por grupos de madres de chicos con patologías, especialmente epilepsias, hace más de un año y la ley autoriza la producción a varios organismos científicos estatales, con fines de investigación, pero no el cultivo particular, que sigue siendo castigado con prisión de hasta 15 años si se trata de muchas plantas o hasta dos si la justicia considera que es para uso personal.



“Ahora tenemos un marco legal en lo que es el uso para la investigación y tratamiento y producción en cannabis medicinal. No había nada en Argentina y fue lo que nosotros como madres y organización encontramos”, explicó en declaraciones a la prensa en el Congreso Nacional Ana María García, presidenta de Cannabis Medicinal Argentina (Cameda). La sanción no deja de ser un avance para los pacientes que requieran la dosificación de aceite de cannabis, como Benjamín, de dos años y cuatro meses, quien padece síndrome de West con epilepsia refractaria, o sea, un tipo de patología que rechaza la medicación. Se trata de una afección que produce entre 200 y 300 convulsiones por día y aparece entre el cuarto y sexto mes de vida. “El aceite hizo que Benja no tenga más crisis sino que deje todas las medicaciones. El hoy sólo consume una gota por día, que mide lo mismo que un granito de arroz”, explica a EL PAÍS Yamila Casagrande, su mamá.
“La ley es un poco compleja, estamos muy emocionadas todas las mamás que estuvimos todo el año pasado haciendo un trabajo de hormiga, visitando tres o cuatro despachos por día explicando a diputados y senadores lo que le damos a nuestros hijos. Estamos felices pero tenemos en claro que está súper incompleta y hay muchos huecos, porque nosotras desde el día uno peleamos por el autocultivo. Pero esta es una puertita que abrimos y es muy positivo haber modificado en algo esa ley nefasta que teníamos”, afirma la mujer que sonríe junto a su hijo.
Tras una extensa sesión en la que se trataron otros asuntos, los senadores acordaron avalar la iniciativa sin previo debate en la Cámara, dado que el proyecto ya recibió un extenso tratamiento y consenso en comisiones legislativas. Con esta aprobación, Argentina se une a otros países latinoamericanos como Colombia, Uruguay y Chile, que ya cuentan con medidas que regulan el uso terapéutico del cannabis. Y como en los dos primeros casos, lo hace sin avalar la producción personal de la medicina, elemento clave para evitar el acostumbramiento de los niños a la cepa. El abogado Mariano Fusero, de la Asociación de Pensamiento Penal, explicó que “la ley, que deberá ahora ser reglamentada, autoriza el cultivo de cannabis por parte del Consejo Nacional De Investigaciones Científicas Y Técnicas y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria con fines de investigación y para elaborar la sustancia destinada a los tratamientos, pero sin habilitar el autocultivo para las familias”, además de la potencial importación del aceite, para lo cual muchas empresas extranjeras ya sondearon a las autoridades argentinas.
La nueva ley, en su artículo 8, autoriza la creación de un “Registro Nacional Voluntario” a los fines de autorizar el cultivo a pacientes y familiares de pacientes afectados, en virtud de lo dispuesto por el artículo 5º de la ley 23.737 (la de drogas). Pero el apartado no modifica en nada la antigua letra -de 1989-, que indica que el cultivo se trata de un delito únicamente en los casos que se realicen “sin autorización o con destino ilegítimo”. “A fin de contemplar el autocultivo, la norma debe ser clara y no dar lugar a interpretaciones de lo más vagas, imprecisas y discrecionales”, expresa Fusero.
Para el abogado, la misma situación ocurre con la investigación de la planta: “La normativa que data de hace 50 años y los instrumentos internacionales, siempre permitieron al Estado (y a los privados) realizar investigaciones con cualquier sustancia prohibida y garantizar sus usos médicos y científicos”. En palabras más llanas, nada cambia con respecto a quienes proveen la materia prima para lograr la medicina que generó todo este debate. Para muestra, basta un botón: mientras la ley se aprobaba en el Congreso, la activista, cultivadora y dosificadora de aceite, Brenda Chignoli sufría el allanamiento de su casa y la incautación de sus plantas en la provincia de Córdoba. La mujer recién recuperó la libertad a altas horas de la madrugada del jueces, cuando los festejos se evaporaban como el humo.


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